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Por UTA1 julio, 2020In NOTICIASUTA GREMIAL

Paro por deudas salariales en el interior del país

El Consejo Directivo Nacional de la Unión Tranviarios Automotor y las Juntas Ejecutivas Seccionales del interior del país comunican que el sector trabajador del transporte de pasajeros del interior del país padece serias dificultades en el pago de los salarios como consecuencia, entre otras causas, del tratamiento diferenciado e inequitativo cada vez más acentuado en relación a la denominada Área Metropolitana de Buenos Aires y la apacibilidad y/o el desconocimiento de los gobiernos provinciales a la problemática. Hoy nos encontramos ante mayores dificultades y menos compromisos por parte de los distintos actores del sistema.-

Por todo ello, hace mas de 100 días estamos estancados en una situación tan crítica como anárquica en el transporte urbano del interior del país, con jurisdicciones y empresas que no han cumplido con la incidencia del incremento salarial acordado sobre el SAC devengado, así como con deudas del “incremento solidario” determinado mediante el Dto. PEN 14/2020; sectores sin percepción de medio haber correspondiente al mes de mayo (hace ya casi un mes devengado); como así tampoco se ha cumplido con el compromiso de los anticipos otorgados en acuerdos convencionales aplicables a determinadas jurisdicciones provinciales (Laudos); a ello sumamos ahora la falta total de percepción del sueldo anual complementario, lo que resulta la contracara de la realidad acaecida en el AMBA, con subsidios, y por ende salarios mensuales y aguinaldo percibidos en término. Se agrega a ello, y por si no fuera suficiente, la existencia de empresas que no cumplimentan el acuerdo salarial de fecha 02 de junio del corriente, en lo relativo a la asunción de los días de legítima retención de tareas. 

Por todo lo expresado, y pese a que estamos comprometidos con la sociedad en sostener un servicio que resulta esencial, de ninguna manera podemos aceptar que el transporte urbano de pasajeros en el interior del país funcione a costa de un ajuste en los sueldos de los trabajadores, o de resignar derechos, con lo que se ha resuelto la inmediata retención de tareas hasta tanto se haga efectivo el deber salarial asumido.

Ver acta completa: 

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